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Si como creemos la ciencia del derecho comercial no puede y no debe ser un mero reflejo de la técnica de los negocios, éstos escritos vienen precisamente a demostrar (aplicándolo y demostrándolo prácticamente en un campo, donde más que en otros, la técnica parece reinar como soberana), el postulado de la autonomía del aspecto jurídico, frente al técnico, de los problemas.
El interés unitario para el derecho privado, es decir, tanto por el aspecto civilista como el comercial, no pretende negar la autonomía científica del derecho comercial, autonomía que debe ser reivindicada.
Confío que este volumen pueda resultar útil y práctica para los estudiosos.