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¿En qué consiste la causa? ¿Cuál es su vida desde la perfección del contrato y después, hasta la completa ejecución de las obligaciones que origina? ¿Cuándo puede decirse que una obligación carece de causa o la tiene ilícita o inmoral? No existe unanimidad entre los intérpretes con relación a estas cuestiones, y puede decirse que son materia completamente opinable. Ni siquiera hay unanimidad sobre el objeto a definir. Unos se refieren a la causa de la obligación, otros a la causa del contrato. Las definiciones propuestas son dispares y adolecen de falta de concreción. En general, los comentaristas reducen la causa a algo inconsistente, artificial, que se confunde, ya con el objeto, ya con el concierto de voluntades, ya con los móviles que determinan este concierto, según las diversas clases de contratos
Henri Capitant